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Sección Sindical de CC.OO. en el Hospital de Cabueñes (área V del SESPA)

PERMISOS RETRIBUIDOS ELECCIONES EUROPEAS

El día 7 de junio, tendrán lugar las Elecciones al Parlamento Europeo.

  1. Todos los trabajadores que su horario laboral no coincida con el de la apertura de las mesas electorales o lo haga un periodo menor a 2 horas, no tendrá derecho a permiso retribuido.
  2. Los trabajadores en que su horario sea coincidente en 2 o más horas y menos de cuatro con la apertura de las mesas, tendrán derecho a un permiso retribuido de 2 horas.
  3. Los que les coincidan en cuatro o más horas y menos de seis, tenfrán derecho a tres horas.
  4. Y los que el horario les coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas, tendrán cuatro horas.

En el caso de los Presidentes, Vocales e Interventores, tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si no disfrutan en esa fecha del descanso semanal, y a una reducción de cinco horas en la jornada inmediatamente posterior a las elecciones. Cuando se trate de Apoderados, el permiso solo afectará a la jornada correspondiente al día de la votación, si no disfrutan en esa fecha del descanso semanal.

Si alguno de los trabajadores que esten este último apartado en turno de noches en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición del interesado, deberá cambiarle el turno, a efectos de poder descansar la noche anterior al día electoral.

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