PERMISOS LICENCIAS Y VACACIONES
El pasado 16/01/2009, el SESPA nos convocó a una reunión informativa sobre el Pacto de Permisos, Licencias y Vacaciones, con el fin de unificar criterios sobre su aplicación.
Todos los Sindicatos detallamos las diferentes causísticas de las diferentes áreas, muy comunes en todas, por nuestra parte, sobre todo las interpretaciones torticeras que están haciendo de los días de asuntos particulares “libre disposición”, que además de la perdida económica se te computa una noche menos en cómputo de jornada anual. Los trabajadores en turno rotatorio podrán solicitarlos en cualquier turno, pero siempre teniendo que cumplir su jornada anual. Como los trabajadores tienen que conocer su cartelera, no se les puede modificar.
Volvemos a recalcar, que desde Función Pública copió y pego el propio acuerdo de los funcionarios del Principado, y no se dió cuenta ni ellos ni los firmantes que el SESPA está abierto todo el año, ininterrumpidamente.
El acuerdo deja mucho a la interpretación de la Administración y no es el nuestro, ya que no somos firmantes, hay cuestiones que mejoran el del 92, pero concretamente en Formación perdemos considerablemente derechos consolidados.
Queda claro por parte de la Administración, lo que decíamos nosotros desde Abril de 2008, el EBEP es un acuerdo de mínimos plenamente aplicable en permisos al personal Estatutario. Por lo tanto, siempre se deben de aplicar los permisos del EBEP que mejoren el Acuerdo de permisos, licencias y vacaciones del SESPA.
Días laborales, son todos los que no tienes permiso, por lo tanto el derecho lo tienes cuando te incorpores, salvo que sea el de ingreso hospitalario y el paciente ya este de alta.
Los días adicionales de vacaciones se pueden solicitar en cualquier fecha del año, pero no puedes solicitarlos al igual que el resto de vacaciones, porque no eres conocedor de la cartelera del segundo semestre, y puede ocurrir que el día que ibas a solicitar sea de permiso porque te hayan planificado un día de exceso de jornada.
El Adolfo Posada es el Organismo de la Administración que imparte formación, por lo tanto si ellos consideran que el trabajador es afín a un curso, las Gerencias no pueden denegar los mismos con la coletilla de no ser específicos de su categoría. Además, los trabajadores no solo tienen derecho a formarse en su categoría también lo tienen para su promoción, para el cambio de categoría o de puesto de trabajo.
En resumen, tomaron nota de todos los diferentes supuestos y contestaran. Por cierto, SATSE, exigió que se reuniera la comisión de seguimiento del Acuerdo, a la Administración les hemos recordado que el Acuerdo de Modernicación del 2005 finalizó en Diciembre de 2008. Por lo tanto, si quieren modificar el Pacto actual, recordar que se firmó en comisión de seguimiento del de Modernización, tienen que volver a negociar en Mesa General.
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